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Convocado el XXVIII Certamen Nacional de Pintura 2025 de Villaviciosa

CARTEL

Abierta la primera fase del  envío de obras para el XXVIII Certamen Nacional de Pintura de Villaviciosa hasta el 20 de septiembre 

En esta primera fase del concurso las obras se presentan a través del enlace que pueden encontrar en este mismo apartado. Tras la selección, los autores que resulten finalistas enviarán sus cuadros para ser evaluados por el jurado en modo presencial. El ganador recibirá 4.000 euros y Manzana de Plata conmemorativa, en un acto público de entrega del premio.

Las obras seleccionadas, junto con la ganadora, serán expuestas en una muestra temporal y el cuadro premiado pasará a ser propiedad del Ayuntamiento de Villaviciosa, integrándose en la colección municipal de arte contemporáneo.

Este año, por primera vez, se pueden ver todas las obras premiadas desde 1998 en la Sala de Exposciones Ateneo, hasta el 30 de agosto. De miércoles a sábados de 12 a 14h y de 18h a 20h.

A) Convocatoria

Convocatoria del XXVIII Certamen Nacional de Pintura de Villaviciosa, conforme a las Bases Generales reguladoras del Régimen de Concesión de Subvenciones vigentes.

B) Crédito presupuestario y cuantía

Cuantía del premio: 4.000 euros .

Estará sometido a las retenciones fiscales establecidas por la Ley.

Se entregará una Manzana de Plata conmemorativa como trofeo al ganador y un Diploma al resto de artistas seleccionados.

C) Objeto, condiciones y finalidad

El Certamen Nacional de Pintura del Ayuntamiento de Villaviciosa (Asturias), de carácter anual, tiene por objeto la promoción de la creación plástica.

La técnica, estilo y tendencia artística son libres y el tamaño del cuadro no podrá exceder 150 cm por cualquiera de sus lados, ni ser inferior a 100x70cm. Si la obra se compusiera de partes diferenciadas, se computarán las medidas del conjunto.

La obra premiada pasará a ser propiedad del Ayuntamiento de Villaviciosa (Asturias) y se integrará en su patrimonio, reservándose todos los derechos sobre la misma, incluidos los de reproducción, edición y exhibición, con mención de su autoría.

El ganador del Certamen se compromete a asistir a la ceremonia de entrega del premio, salvo causa de fuerza mayor debidamente justificada, en cuyo caso podrá delegar su representación.

Las obras seleccionadas finalistas serán cedidas temporalmente para formar parte de una exposición tras la publicación del fallo, cuyo lugar de celebración, así como calendario concreto, serán dados a conocer oportunamente. Dicha cesión incluye la de los derechos de reproducción, exhibición, divulgación y comunicación pública en su más amplia acepción, durante el plazo de duración de la muestra.

Las obras podrán ser recogidas, previo contacto con la organización, en el plazo de dos semanas tras la conclusión de la exposición. En el supuesto de no celebrarse ésta, el plazo establecido se contará a partir del anuncio del fallo. Del mismo modo, serán recogidas con antelación a la celebración de la muestra aquellas obras en las que se detecte, en cualquier momento desde la recepción del cuadro, algún defecto ó daño que no permita, o haga desaconsejable, su exhibición.

El Ayuntamiento de Villaviciosa (Asturias) procurará el máximo cuidado y atención a las obras recibidas. No obstante lo anterior, se inhibe de toda responsabilidad por desperfectos o extravío de los trabajos enviados a concurso, así como de los daños accidentales que pudieran sufrir durante el tiempo que se encuentren bajo su custodia.

El Ayuntamiento de Villaviciosa (Asturias) se reserva el derecho de hacer modificaciones y tomar iniciativas no reguladas en esta convocatoria, siempre que contribuyan al mejor desarrollo del certamen.

D) Régimen de concesión del premio

El procedimiento de concesión se efectuará en régimen de concurrencia competitiva, mediante convocatoria y procedimiento únicos, en el que se incluirán las peticiones que reúnan los requisitos exigidos y, de acuerdo con los criterios de publicidad, objetividad, transparencia, igualdad y no discriminación, conforme a lo previsto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

La instrucción del procedimiento se realizará conforme lo establecido en las Bases Generales reguladoras del régimen de concesión de subvenciones del Ayuntamiento de Villaviciosa.

E) Requisitos de solicitud y acreditación

Podrá participar cualquier autor, mayor de edad, nacido o residente en España, dando por implícita su plena aceptación y conformidad con lo prescrito en las presentes bases.

Cada participante solo podrá concurrir con una obra de su autoría, que debe de ser original y no haber sido premiada en ningún otro concurso.

No serán admitidas a concurso, luego no podrán ser susceptibles de ser galardonadas, aquellas obras creadas por inteligencia artificial generativa (IAG).

F) Autorización

La persona solicitante podrá autorizar al órgano gestor para que éste pueda recabar el certificado o documento acreditativo de estar al corriente de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social. Dicha autorización se incluye en el impreso de participación. De no producirse esta autorización, deberán de presentarse los certificados oportunos por parte de los solicitantes.

G) Órganos competentes para la instrucción y resolución del procedimiento

Es competente para la resolución del procedimiento de concesión de las subvenciones la Junta de Gobierno Local, por delegación de la Alcaldía (Resolución de la Alcaldía número 1247, de fecha 5 de julio de 2023, publicada en el BOPA número 143 de 26 de julio siguiente).

Corresponde la instrucción, ordenación, tramitación e impulso del procedimiento de concesión de las subvenciones al área de cultura y juventud. Como órgano encargado de instruir el expediente, revisará los expedientes de solicitud y verificará que contienen la documentación exigida, conforme a lo establecido en las Bases Generales reguladoras del régimen de concesión de subvenciones del Ayuntamiento de Villaviciosa.

H) Comisión de valoración

Las obras presentadas se valorarán por un Jurado que será designado por el Ilmo. Ayuntamiento de Villaviciosa y estará constituido por expertos de reconocida competencia.

I) Forma y plazo de presentación de solicitudes

El procedimiento se iniciará mediante la presentación de solicitud a través de este enlace.

El plazo de presentación será hasta el 20 de septiembre de 2025. Las solicitudes presentadas fuera de plazo se considerarán inadmisibles.
Las solicitudes podrán presentarse además de por vía telemática, desde el procedimiento subvenciones -ver catálogo de servicios- de la Sede Electrónica de este Ayuntamiento, en las oficinas del Registro del Ayuntamiento, así como en los demás lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015.-

J) Documentación que acompaña la solicitud

A la solicitud a la que en el apartado anterior se ha hecho referencia, deberá de acompañarse:

. Anexo I de esta convocatoria denominado Boletín de Participación

. Fotografía de la obra

. Copia del documento de identidad

. Breve historial artístico

Sin perjuicio de la documentación presentada, el Ayuntamiento podrá solicitar la ampliación de los datos que estime oportunos.

La comprobación de la existencia de datos no ajustados a la realidad, tanto en la solicitud como en la documentación aportada, podrá comportar, en función de su importancia, la denegación del premio.

Si se notara la falta de alguno de los documentos indicados en este artículo, o se observaran deficiencias en su contenido o fuera necesaria alguna aclaración sobre el mismo, se requerirá al solicitante para que, en un plazo de diez días, subsane las deficiencias observadas y/o aporte la documentación o información adicional que se considere necesaria para la adecuada evaluación y resolución de la petición, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su solicitud y se procederá al archivo de la misma sin más trámite, de acuerdo con lo establecido en el artículo 68 de la Ley Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

K) Plazos de resolución, publicación y notificación

El plazo máximo para resolver y publicar la resolución del procedimiento de concesión del premio no podrá exceder de seis meses, conforme dispone el artículo 25 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

El técnico/a responsable del área de cultura, a la vista del expediente y del Informe del Jurado, propondrá la concesión del premio a la Junta de Gobierno del Ayuntamiento, que, previa fiscalización, resolverá la concesión del premio.

La resolución o acuerdo de concesión será notificada, comunicada y publicada según contemplan las Bases Generales reguladoras del régimen de concesión de subvenciones del Ayuntamiento de Villaviciosa.

L) Criterios de valoración y fallo del concurso

Son criterios de valoración la originalidad, creatividad y calidad artística de las obras.

El jurado, en base a estos criterios, realizará una selección de obras entre todas las presentadas. Las obras que resulten seleccionadas deberán enviarse en el plazo de hasta dos semanas a la dirección que indique el Ayuntamiento de Villaviciosa. Todos los gastos de envío y recogida de las obras seleccionadas serán por cuenta del participante. Deberán estar firmadas y montadas en bastidor, o realizadas en un soporte sólido, debidamente embaladas y protegidas, con algún sistema reutilizable que facilite las tareas de embalaje/desembalaje y su correcta manipulación. En el dorso se indicará la verticalidad de su posición y adjuntarán, firmado, el Boletín de Participación. No serán admitidas las obras protegidas con cristal.

El jurado emitirá el fallo del concurso tras la valoración de las obras finalistas. El fallo será inapelable y motivado, siguiendo los citados criterios de originalidad, creatividad y calidad artística. El certamen podrá ser declarado desierto, si así lo estimase el jurado, cuya composición será dada a conocer en ese momento.

Excepcionalmente, en el supuesto de que no fuera posible, ó se desaconsejara, por causa de fuerza mayor, el envío, exposición y/o devolución de obras, así como la reunión presencial del Jurado, el fallo se desarrollará de manera telemática, o bien el certamen sería desconvocado por el Ayuntamiento de Villaviciosa.

M) Resolución y recursos

La resolución o acuerdo definitivo agota la vía administrativa, conforme al artículo 52 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.

Contra la misma se podrán interponer los siguientes recursos:

1. Recurso potestativo de reposición ante la Alcaldía, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la recepción de esta notificación (artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas). Se entenderá desestimado por el transcurso del plazo de un mes desde su interposición sin que se le hubiera notificado resolución expresa.

2. Si no se estimase oportuna la interposición del recurso potestativo de reposición, podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Gijón, en el plazo de dos meses, computados de la misma forma indicada en el párrafo anterior, conforme a la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.-

Si el recurso de reposición se entendiera desestimado por silencio administrativo y a falta de resolución expresa, el plazo para interponer el recuso contencioso-administrativo será de seis meses contados desde la fecha en que hubiera de entenderse desestimado.

Así mismo, se podrá interponer cualquier otro recurso que quepa en derecho y considere conveniente ejercitar.

N) Contenido de la resolución

La Resolución de la concesión indicará el nombre del premiado y aprobará el gasto correspondiente

O) Importe de cofinanciación mínima de los beneficiarios

No procede

P) Pagos

El premio se abonará de una sola vez mediante transferencia bancaria a la cuenta corriente facilitada. Estará sometido a las retenciones fiscales establecidas por la Ley.

Q) Régimen de garantías

Conforme al art. 16 de las Bases generales reguladoras del régimen de concesión de subvenciones no se exigirá la presentación de garantías para esta convocatoria.

R) Incompatibilidad de la subvención

No existe incompatibilidad.

S) Forma y plazo de justificación

Se considera justificado el pago del premio con la entrega de la obra.

T) Obligación de publicidad y comunicación

Las fotografías y videos tomados en la ceremonia de entrega serán susceptibles de publicación y difusión en todos los medios de comunicación, información y difusión del Ayuntamiento de Villaviciosa. Las personas o entidades beneficiarias del premio autorizan al Ayuntamiento de Villaviciosa, de una sola vez, y con carácter gratuito, la comunicación pública de la actividad.

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